¿Tenes que incorporar obra no declarada por que compras, vendes, la municipalidad te intimo o el motivo que sea?
Incorporar una obra o construcción no declarada es regularizar la misma a nivel impositivo (Tasas urbanas, Arba) y de planos fieles a la medición.
¿Cuales son los pasos para incorporar una construcción no declarada?
Instructivo: ¿Como regularizar lo construido y no declarado en Necochea y Quequen? Lo primero es llamar a un Arquitecto para hacer todo el procedimiento, este con el ultimo plano aprobado por Obras Privadas de la Municipalidad va a comprobar exactamente lo que hay que incorporar, esto en caso que haya antecedentes de construcción, puede ser que como antecedente figura como terreno baldío, entonces en este caso hay que incorporar la construcción completa.
El Arquitecto debe ir al lugar o la dirección de la construcción y tomar todas las medidas pertinentes de lo que haya que incorporar (locales, alturas, etc) y elaborar el nuevo plano actualizado. Esta va acompañado de un informe técnico en el que figura el estado general de la construcción, orientaciones, ubicación entre muchas otras cosas.
¿Cuales son los gastos del tramite?
Obviamente depende de muchos factores lógicos, que tipo de construcción se va a incorporar y cuantos m2. Los gastos se dividen una parte al visar el legajo en el Colegio de Arquitectos (Aportes, sellados, etc) y otra cuando se presenta en Obras privadas, en ese momento se liquidan los Derechos de Construcción. Aparte de todos estos que son gastos de la tramitación en si, esta el honorario del Profesional.
2 cosas importante para tener en cuenta en los gastos:
- Tener en cuenta que al haberse construido sin planos existen recargos y multas. La multa (Art. 29) que se aplica solo en este tramite de incorporación, se calcula también en base a tipo de construcción y la cantidad de m2 a incorporar.
- Los Derechos de Construcción son mas caros que si fuera una obra nueva, ademas si la construcción no cumple con el código de edificación (antireglamentario) también suman un poco mas. Esto lo regula la Municipalidad.
Lista y Requisitos para armar el legajo de incorporación
El trámite de incorporación incluye el armado de una carpeta o legajo (c/ expediente) por parte del Arquitecto. Para esta carpeta de obra, se deben reunir una serie de requisitos para que el legajo siga un curso normal de visado y aprobación final.
Requisitos para el Colegio de Arquitectos
- Plano con antecedente aprobado (Esto es una copia del último plano municipal aprobado de la propiedad).
- Plano municipal actualizado (Es el nuevo plano municipal con la medición que hizo el arquitecto)
- Contratos sellados (Firmados por el titular del inmueble a incorporar)
- Planillas varias (Informe técnico, planillas de visado, planillas articulo 29, etc)
- Gastos pagados para visado del legajo (Aportes, boleta art. 29, Cuota de Ejercicio Profesional, etc)
Requisitos para la Municipalidad
- Legajo visado por el Colegio de Arquitectos: Todo lo detallado en requisitos para el colegio de arquitectos.
- El requisito mas importante (lo exige la Dirección de Catastro) es que debe firmar todo el legajo el TITULAR del inmueble (Planos, planillas, carpeta de obra, etc) o Apoderado con nota de escribano o abogado. En caso de sucesión, se presenta un certificado de escritura en tramite mediante escribano o abogado. Mas info acá ► Trámites | Catastro
- Tasas urbanas, patentes y cementerio, al dia.
- Liquidación y pagos de Derechos de construcción: Es el gasto mas grande del tramite de incorporación. Dependerá de la cantidad de m2 a incorporar, tipo de obra, condición de la obra (reglamentario o antirreglamentario), etc.
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